URUGUAY | Tiempo de abordar la impunidad por crímenes de lesa humanidad

DECLARACIÓN PÚBLICA

El Consejo de Derechos Humanos adopta el informe final del Examen Periódico Universal de Uruguay.

Amnistía Internacional acoge con satisfacción el compromiso sostenido de Uruguay con el EPU y su aceptación de todas las recomendaciones recibidas durante su tercer examen.

La organización acoge con satisfacción la interpretación de Uruguay de la recomendación 118.83 sobre la protección de la familia -en línea con los estándares más altos de derechos humanos- como incluyente de las familias formadas por parejas del mismo sexo, y la recomendación 118.24 sobre los derechos de los padres en términos de la subordinación de estos a los derechos y bienestar de los niños, como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño.

Amnistía también saluda la aceptación por parte de Uruguay de recomendaciones de garantizar que los crímenes de lesa humanidad y de derechos humanos cometidos entre 1973 y 1985 no estén sujetos a prescripción[1], y de tomar medidas para llevar ante la justicia a los responsables de estos crímenes[2], así como a los responsables de las más recientes amenazas a funcionarios judiciales y defensores de derechos humanos[3]. Hoy en día, el 97% de las personas detenidas desaparecidas aún no han sido encontradas[4], y en el 91% de las causas judiciales de violaciones de derechos humanos[5] aún no se ha solicitado procesamiento.

Amnistía insta a Uruguay a implementar con urgencia las recomendaciones para mejorar las malas condiciones de vida de las personas privadas de libertad, así como sus oportunidades de rehabilitación e integración[6], y para implementar y financiar de manera efectiva las medidas establecidas en la Ley de Violencia Basada en Género contra las Mujeres[7]. En 2018, el 30% de las personas privadas de libertad vivían en condiciones que equivalían a tratos crueles, inhumanos o degradantes, y solo el 26% tenía oportunidades de rehabilitación[8]. Seguimos preocupados por la prevalencia del femicidio y la reciente afirmación de la Suprema Corte de Justicia de que su presupuesto para implementar la Ley de Violencia de Género es insuficiente[9].

La organización saluda la aceptación por parte de Uruguay de recomendaciones para investigar todos los actos de violencia contra personas LGBTI y de llevar a los responsables ante la justicia, y alienta al gobierno a implementar recomendaciones para mejorar la protección de los derechos de las personas migrantes[10]. Hasta la fecha, Uruguay carece de un plan de acción para cumplir con los objetivos de su ley de migración y, como resultado, los migrantes vulnerables a menudo carecen de la protección de sus derechos al empleo decente, la vivienda y la educación.

Finalmente, Amnistía recomienda que Uruguay promueva una participación significativa de la sociedad civil en el seguimiento de estas recomendaciones, lo que incluye garantizar que la plataforma de su Sistema de Monitoreo de Recomendaciones sea utilizable por personas no expertas y proporcione información clara y actualizada sobre el grado de implementación.


Más información

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó el resultado del Examen Periódico Universal de Uruguay el 4 de julio de 2019 durante su 41Ş sesión. Antes de la adopción del informe de la revisión, Amnistía Internacional hizo esta declaración oral.

Amnistía Internacional también aportó a la información para este examen a través de su informe sobre Uruguay: https://www.amnesty.org/es/documents/amr52/8841/2018/es/

Documento público

Secretariado Internacional, Amnistía Internacional, 1 Easton St., Londres WC1X 0DW, Reino Unido. www.amnesty.org


Referencias

[1] Consejo de Derechos Humanos, Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal– Uruguay, A/HRC/41/8, 18 de abril de 2019, recomendaciones 118.61 (Panamá), 118.163 (Argentina) y 118.164 (Costa Rica).

[2] A/HRC/41/8, 18 de abril de 2019, recomendaciones 118.59 (Ghana) y 118.162 (República de Corea).

[3] A/HRC/41/8, 18 de abril de 2019, recomendaciones 118.59 (Ghana).

[4] Según cifras oficiales de la Secretaría de Derecho Humanos para el Pasado Reciente de la Presidencia, de las 196 personas detenidas desaparecidas, solo se ha encontrado a cinco.

[5] Según el informe del Fiscal Nacional para Crímenes de Lesa Humanidad, de las 187 causas judiciales activas, 153 están en etapa de investigación y en otras 17 está pendiente la solicitud de procesamiento.

[6] A/HRC/41/8, 18 de abril de 2019, recomendaciones 118.31 (Croacia), 118.33 (Francia), 118.34 (Grecia), 118.35 (Portugal), 118.36 (Estados Unidos), 118.37 (Federación Rusa), 118.38 (España), 118.39 (Turquía), 118.40 (Australia), 118.41 (Bielorrusia), 118.42 (Bangladesh), 118.44 (Suiza), 118.45 (República de Corea), 118.47 (Alemania), 118.48 (Canadá).

[7] A/HRC/41/8, 18 de abril de 2019, recomendaciones 118.129 (Alemania), 118.127 (Francia), 118.130 (Canadá), 118.131 (Irlanda), 118.132 (Togo), 118.139 (Australia), 118.140 (Filipinas), 118.141 (Eslovenia), 118.142 (España), 118.143 (Suecia) 118.17 (Malasia) y 118.149 (Suiza).

[8] Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario, Informe Anual 2017 Actualizado a agosto 2018, p 39.

[9] El Observador, “Suprema Corte ‘seriamente’ preocupada por no poder implementar la ley de violencia de género”, 1 de febrero de 2019, disponible enhttps://www.elobservador.com.uy/nota/suprema-corte-seriamente-preocupado-por-no-poder-implementar-la-ley-de-violencia-de-genero-201921164437

[10] A/HRC/41/8, 18 April 2019, recomendaciones 118.225 (Maldivas) y 118.226 (Myanmar)

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