DESAPARECIDO DURANTE LA CUARENTENA POR LA COVID-19

Facundo Astudillo Castro, de 22 años, desapareció el 30 de abril de 2020. La policía lo arrestó en la localidad de Mayor Buratovich, provincia de Buenos Aires, por incumplir la cuarentena impuesta por la COVID-19 por el Estado en todo el país. Las contradicciones en los relatos policiales y otros testimonios dan pie a la presunción de responsabilidad de los agentes de policía implicados. El 2 de julio, su familia presentó una denuncia ante la justicia federal para que se inicien investigaciones sobre la desaparición de Facundo. Mientras tanto, Facundo continúa desaparecido. Pedimos a las autoridades que determinen el paradero de Facundo, garanticen que se lleva a cabo una investigación independiente, efectiva e imparcial sobre el caso cuyos resultados se hagan públicos, y pongan a disposición de la justicia a los responsables.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

El 12 de marzo de 2020, el presidente Alberto Fernández declaró la “emergencia sanitaria” con arreglo a la Ley 27.541 debido a la pandemia de COVID-19. Una semana más tarde, el 19 de marzo, ordenó el confinamiento obligatorio de todos los habitantes del país, con arreglo al decreto de emergencia Nş 297/2020.

Las medidas que restringen la libertad de circulación y de reunión (distanciamiento social y confinamiento obligatorio) se han aplicado estrictamente. Amnistía Internacional ha verificado más de 20 casos de uso ilegítimo de la fuerza contra personas que presuntamente habían incumplido las medidas gubernamentales para contener la propagación de la COVID-19.

Tras la desaparición de Facundo se presentó una demanda de “averiguación de paradero” en la Ayudantía Fiscal de Villarino. Después de dos meses de investigación infructuosa y de algunas irregularidades y declaraciones contradictorias de la policía, el 2 de julio la familia —con los abogados Luciano Peretto Ithurralde y Leandro Aparicio— presentó una denuncia ante el sistema de justicia federal para que se investigue la desaparición forzada.

Cuatro miembros de la policía de la provincia de Buenos Aires están bajo sospecha después de una serie de contradicciones en sus declaraciones a los investigadores. Al parecer, uno de los agentes afirmó que Facundo se fue en un camión tras haber estado detenido por los agentes, aunque después cambió su relato y dijo que el joven de 22 años se marchó a pie. Sin embargo, declaraciones de tres testigos sostienen que el joven fue introducido en un vehículo policial.

Después de más de 80 días desaparecido, y a pesar de varias medidas implementadas para encontrar a Facundo —entre ellas operaciones de rastreo a lo largo de la Ruta Nacional 3, pruebas en dos de los vehículos policiales en busca de “posibles manchas de sangre” y audiencias testimoniales—, las investigaciones sobre el caso no han permitido encontrar a Facundo.

El 6 de julio, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), un organismo público autónomo e independiente, intervino en calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura y presentó una petición de acción urgente ante el Comité de las Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada, en la que subrayaba las contradicciones en los testimonios de los agentes de policía implicados en la operación de arresto que dan pie a la presunción de responsabilidad de los agentes en la desaparición de Facundo.

El 10 de julio, el Comité de la ONU contra las Desapariciones Forzadas pidió al Estado que adopte una “estrategia integral” para encontrar a Facundo y lleve a cabo una investigación “inmediata y exhaustiva” sobre la desaparición del joven de 22 años, que fue visto por última vez cuando lo detenían en un puesto de control policial en la provincia de Buenos Aires (Res. 906/2020).

La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas define la desaparición forzada como “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”. Argentina ratificó la Convención en 2007 (Ley 26.298).

FIRMÁ para pedirle a las autoridades que determinen el paradero de Facundo, que garanticen que se lleve a cabo una investigación independiente, efectiva e imparcial sobre el caso cuyos resultados se hagan públicos, y pongan a disposición de la justicia a los responsables.

Temas

DONÁ